TSE DECLARA INADMISIBLE PARCIALMENTE AMPARO DE ASPIRANTE A INTEGRAR COMISIÓN POLÍTICA
TSE DECLARA INADMISIBLE PARCIALMENTE AMPARO DE ASPIRANTE A INTEGRAR COMISIÓN POLÍTICA
Santo Domingo. El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró parcialmente inadmisible una acción de amparo incoada por el señor José Socorro Peña Santana, quien perseguía ser incorporado como miembro de la Dirección Política del Partido Fuerza del Pueblo (FP). La inadmisibilidad fue por falta de objeto, ya que al momento de dictarse la sentencia, el evento en el cual se eligieron los miembros del referido organismo, previsto para el domingo 14 de septiembre 2025, había transcurrido, resultando imposible restituir ese derecho.
No obstante, la Alta Corte ordenó restituir plenamente los derechos de afiliación y participación del accionante y cesar cualquier actuación que impida su plena participación política dentro de la organización y que limite su inscripción como aspirante a cualquiera de los puestos directivos que en el futuro puedan habilitarse.
El Tribunal rechazó el pedimento sobre la inclusión del accionante en una de las plazas reservadas de la Dirección Política, debido a que la decisión de quiénes ocuparán dichas posiciones es un asunto discrecional de la organización partidaria.
El Tribunal, integrado por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE, y los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz, rechazó el medio de inadmisión planteado por la Fuerza del Pueblo, sobre la existencia de otra vía para conocer el caso, toda vez que la acción de amparo es la vía efectiva e idónea para reparar las presuntas vulneraciones de derechos fundamentales que alegaba Peña Santana.
También fue rechazado el medio de inadmisión planteado por la parte accionada, Fuerza del Pueblo, sobre la notoria improcedencia de la acción de amparo, por no configurarse dicha causal de inadmisión.
AUDIENCIA APLAZADA
Sobre el expediente número TSE-05-0010-2025, correspondiente a una Acción de Amparo de Extrema Urgencia interpuesta por el señor Isaías Armando Lara Marmolejos contra el partido Fuerza del Pueblo (FP) y su Comisión Nacional Electoral (CNE), el Tribunal Superior Electoral dispuso el aplazamiento de la audiencia para el lunes 29 de septiembre, atendiendo a una solicitud formulada por la parte accionante, a la cual no se opuso la accionada.